jueves, 20 de mayo de 2010

CINCO MESES DE FRUSTRANTE Y COBARDE SILENCIO

ESTE 14 DE MAYO DEL 2010 CUMPLE CINCO MESES LA AGRESION A COMPATRIOTA EN CONSULADO PERUANO DE TURIN – ITALIA

OBSTACULIZAR Y NEGARNOS LA PRACTICA DEMOCRATICA DE NUESTROS DERECHOS FUNDAMENTALES Y POR ENDE SOMETERNOS A LA INDEFENSION ES OTRA FORMA DE PERENNE AGRESION.

DEMANDEMOS LA RESPONSABILIDAD IMPLICITA DEL ESTADO PERUANO EN LOS HECHOS DE TURIN – ITALIA.

OJALA ESTE TRISTE EPISODIO FINALMENTE NOS HAGA ENTENDER QUE LAS AGRESIONES EN LOS CONSULADOS PERUANOS SON DE VIEJA DATA Y SIEMPRE OCURREN.

A CONTINUACION, SALUDABLE EJERCICIO DE CRITICA Y AUTOCRITICA:

La agresión física sufrida por nuestro compatriota en Turín – Italia, al parecer “despertó” a muchos peruanos, que aletargados : siempre conocieron de agresiones, pero… siempre las dejaron ser ,.. siempre las dejaron pasar.

Ahora que “la sangre llegó al río”, algunos han podido reaccionar, pero… “muy tibiamente”.

Es urgente entender que las agresiones consulares ocurren desde antes y también ahora, y son de DISTINTAS FORMAS…Y MODOS … Y CON MAYOR O MENOR DAÑO.

Y la DIMENSION del daño o perjuicio, dependerá del OJO CON EL QUE LO MIDAMOS.

Pero hasta de estos “ojos” debemos cuidarnos , pues lamentablemente hay “ojos complacientes”, y también hay ojos que sin ser ciegos “no quieren ver” o peor , los ojos que junto con sus dueños : “desvían la mirada”.

Pues de que otro modo podemos entender, que nadie parece “VER” las denuncias y quejas, y algunas de éstas con Expedientes por medio, y sin embargo a nadie parece interesar : ni siquiera a NOSOTROS MISMOS

Estamos aletargados, ensimismados en nuestros “propios” asuntos, y no tomamos plena conciencia de los recurrentes atropellos denunciados y mientras sigamos padeciendo de CEGUERA CIUDADANA, y los dirigentes no asumamos nuestro propio rol de promover e incentivar el ejercicio de nuestros derechos : seguiremos siendo VULNERABLES.

Nos cuesta tener que reconocer, el errático manejo y conducción de los hechos en torno a la agresión en el Consulado peruano de Turín- Italia.

Y en ese parangón, REVISEMOS lo expresado por importantes agrupaciones y sensibles ciudadanos, desde sus distintas jurisdicciones :

Juan Tafur

A la opinión Pública Mundial, a los Peruan*s emigrados, a las autoridades competentes:

Con mucha atención y paciencia hemos esperado algún comunicado, un escrito, una palabra, una voz que nos explique con mucha claridad, certeza y verdad sobre el proceso de investigación que DEBEN haber iniciado las autoridades Consulares de Turín - Italia en relación a la agresión física del cual fue objeto el ciudadano Peruano Marcos López el 14 de diciembre 2009 dentro de las oficinas consulares en la ciudad de Turín- Italia por parte del empleado (funcionario?) José Torres. La agresión física de parte del empleado (funcionario?) José Torres hacia el ciudadano Peruano Marcos López causó a e éste la rotura del labio superior izquierdo y que según documentos médicos se debío dar tres puntos para cerrar la herida.

Por lo anteriormente expuesto ponemos en consideración: (…)
* Que las expresiones verbales para justificar la agresión tipo: "Tu reclamas mucho", "tu haces manifestaciones contra el consulado" darían un perfil institucional(…)
Sin otro, particular, los saludamos cordialmente. (…)

Associazione Internacionalista
José Carlos Mariátegui"

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Estimado Tomas.
para tu conocimiento, que aquello que tu manifiestas sobre la iniciativa que ha tenido el consulado que crear o integrar Asociaciones o mejor dicho por el CONSUL AMADOR VELAZQUEZ es la llamada JUPITAC la misma que haces mension
y que solo lo hizo para dividir a la diversidad de instituciones que existen en ROMA, en donde serian estas las que lo apoyarian y defenderian de la diversidad de DENUNCIAS que hasta ahora sigue dandose, tal es asi que algunas qu haces mencion se han retirado por que se han dado cuenta que han sido usados por este senor solo para sus fines personales mas no asi para bien de kla COMUNIDAD, me sorprende de LA CARTA ABIERTA y sobre todos de los firmantes de esta que hay tanto quer investigaR Y QUE DECIR, PIDE INFORMACION Y TENDRAS MUCHAS SORPRESAS,CUANDO LO TENGAS TE DARAS CUENTA COMO ES QUE USA EL CONSUL A LOS CONNACIONALES PARA APETITOS PèERSONALES, QUE ES LAMENTABLE

JIMMY HEREDIA
ROMA -ITALIA.
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La cuestion no mejora con declaracones de Partidos Politicos; empeora. Es una cuestion de personas naturales.
Exitos,
GPuente B.
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Estimado Miguel,
Situaciones como lo ocurrido en Turin, merecen la mas seria investigacion tanto a nivel diplomatico como en lo personal e inistitucional. Los CdeC no pueden quedarse callados ante tal circunstancia, y cualquiera que sea el movil o motivacion, debe ser debidamente exclarecido, no para mostrar solo culpables o agredidos, sino para que se establezcan las medidas necesarias que impidan se vuelva a ocurrir.
Gregorio Cueto
Grupo Impulsor P.E.R.U-UK
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Estas variopintas manifestaciones, no hacen sino mostrarnos, el desconocimiento y vacío cívico en el que nos hemos dejado sumir.

HAGAMOS ENTONCES UNA NECESARIA LECTURA DE PUNTUALES MANDATOS CONSTITUCIONALES , a fin de interpretar variados Dispositivos que puntualizan nuestros derechos ciudadanos.

Circunstancia que pudiera llevarnos a : DEMANDAR LA RESPONSABILIDAD IMPLICITA DEL ESTADO EN LOS HECHOS DE TURIN – ITALIA.

TITULO I –
CAPITULO I.- Derechos fundamentales de la persona
Artículo 1.-La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado.

Articulo 2.- Toda persona tiene derecho:
INCISOS: 2, 3, 4, 5, 13, 17, 20, 24-h.

CAPITULO X.- DEL MINISTERIO PUBLICO
ATRIBUCIONES DEL MINISTERIO PUBLICO
Artículo 159.- Corresponde al Ministerio Público:
1.-Promover de oficio, o a petición de parte, la acción judicial en defensa de la legalidad y de los intereses públicos tutelados por el derecho.
3.-Representar en los procesos judiciales a la sociedad.
4.-Conducir desde su inicio la investigación del delito. (…)

CAPITULO IV – DE LA FUNCION PUBLICA

Art. 39.- Todos los funcionarios y trabajadores públicos están al servicio de la Nación. (…) y, en ese orden, (…) y el Defensor del Pueblo, en igual categoría; (…)

Art. 40.-La ley regula el ingreso a la carrera administrativa, y los derechos, deberes y responsabilidades de los servidores públicos. (…)
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PRIMERA REFLEXION:
La Constitución no ampara el abuso del derecho, sujetos a esta premisa, exijamos que, si entre las responsabilidades de la Función pública esta la defensa de la legalidad y de los intereses públicos , entonces bajo este común denominador, el Estado debe asumir la atribución de investigar y sancionar el comportamiento de los funcionarios públicos, aplicando la normatividad respectiva.

La Defensoría del Pueblo, es otra estructura del Estado que esta obligada a ampararnos por mandato Constitucional : Capítulo XI-Art.162.- Corresponde a la Defensoría del Pueblo defender los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad; y supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración estatal y la prestación de los servicios públicos a la ciudadanía. (…)

La propia LEY ORGANICA DE LA DEFENSORIA DEL PUEBLO , LEY No.26520
Dispone : III.-ATRIBUCIONES
Art. 9.-El Defensor del Pueblo esta facultado, en el ejercicio de sus funciones, para:
1.-Iniciar y proseguir, de oficio o a petición de parte cualquier investigación conducente al esclarecimiento de los actos y resoluciones de la Administración Pública y sus agentes que, implicando el ejercicio ilegítimo defectuoso, irregular, moroso, abusivo o excesivo, arbitrario o negligente de sus funciones, afecte a la vigencia plena de los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad.
Las atribuciones del Defensor del Pueblo se extienden a todo el ámbito de la Administración Pública. (…)

EVIDENTE CONCLUSION:
De manera que el Estado peruano, a través del Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo, y demás estamentos jurisdiccionales señalados en la Constitución, debe asumir su propia responsabilidad frente a la defensa de la legalidad y de los intereses públicos, sendos valores legales y morales que han sido seriamente afectados en el incidente consular de Turín-Italia.

DOLOROSO INVENTARIO :
Entre las inmediatas enseñanzas recogidas luego de los hechos de Turín – Italia, destaca por su propia importancia : la impostergable necesidad de promover la participación y organización de la ciudadanía, insistiendo en una cultura de legalidad, con estructuras organizativas de la sociedad civil.

*En Documentos de Trabajo de las III Jornadas Hemisféricas sobre Políticas Migratorias - Quito Sept. 2009, se recomendaba considerar entre otras importantes conclusiones, que :

(…) Las Organizaciones que trabajan en el tema migratorio, consideran que no se ha logrado canalizar medidas para detener las políticas que denigran a los migrantes, y reclaman al Estado, la posibilidad de espacios de diálogo en las mesas de negociación sobre políticas públicas que involucre a los migrantes, principalmente porque los movimientos sociales que trabajan en el tema, están al tanto de la realidad que viven los migrantes, y en ese contexto, proponen comprometer el apoyo del Gobierno y la sociedad civil.(…)

*Según Documentos que reposan en la Comisión de RREE del Congreso Peruano, que datan de Septiembre / Octubre del 2006 :

(…) El movimiento migratorio peruano constituye el 7 % de nuestra población, que viven y laboran en el mundo y su característica mayoritaria y principal es su ausencia de derechos laborales, sociales y políticos. En resumen es un movimiento sin derechos en algunos casos o con derechos limitados en otros, en el lugar donde producen y pagan sus impuestos.
Y también afirma, que uno de los aspectos que mas perturba a los ciudadanos peruanos en el extranjero, es su incapacidad para influir en la sociedad y en el poder político peruano. (…)

IMPORTANTE PROPUESTA DE VEEDURIA CIUDADANA :

El derecho a la práctica democrática de ACCIONES DE VEEDURIA CIUDADANA, es una herramienta constitucional, de vigilancia, observación y control de la ciudadanía sobre el Estado peruano y sus Instituciones.

Nosotros como sociedad civil peruana radicada en el exterior, hemos venido reclamando durante años y con toda legitimidad, que el Estado atienda nuestras específicas necesidades y que nos dejen ejercer nuestros derechos a participar y a ser consultados en nuestros propios asuntos como Movimiento Migratorio.

Y conforme lo sostiene, el destacado jurista y editorialista ecuatoriano, Dr. Nicolás Parducci : (…) Los ciudadanos al integrarse en veedurías podrán ejercer mejor sus derechos constitucionales de vigilancia y control social de la gestión pública , para que se cumplan los principios de legalidad, equidad, transparencia, eficiencia, etc. (…)

Pero resulta contradictorio que siendo como somos, un importante MOVIMIENTO MIGRATORIO , sin embargo, “DISPERSOS” y desorganizados como estamos, se dificulta agruparnos democráticamente, y esta involuntaria actitud, nos impide EMPODERAR nuestros DERECHOS CONSTITUCIONALES.

De manera que debemos proponer y exigir hasta conseguir, mediante propias ponencias la respectiva : LEY ORGANICA DE VEEDURIA CIUDADANA DE LAS COMUNIDADES PERUANAS EN EL EXTERIOR.

Por una Comunidad Peruana en el exterior democrática y participativa

Manuel Dioses Neyra
Comunidad peruana en Ecuador
http://www.coperuecuador.blogspot.com/

Con el favor de su difusión.

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